Ir a inicio - Acceso Usuarios - Contactar    
 Usted está aquí: Inicio > Guías y consejos > Saber Comprar - Después de decidirse

Saber comprar
 
 Después de decidirse

Una vez efectuadas las comprobaciones oportunas y decidido adquirir la vivienda en cuestión, puede ser habitual que quien opta a la vivienda entregue una cantidad de dinero al vendedor en concepto de reserva o promesa de compra. Este pago se resta del precio final de la vivienda y confirma el compromiso de comprar y vender. El contrato que firme goza de libertad de redacción y de fondo, pero conviene guiarse por un documento tipo adaptado a las circunstancias personales, sobre todo si la operación es entre particulares. Si está vendiendo o comprando el piso a través de una corredora, ésta le proporcionará el modelo estándar con el que cuente.
 
Para esto, existen dos tipos de contratos: confirmatorias y penitenciales.
 
Confirmatorias, consisten en la entrega de una cantidad de dinero a cuenta del precio final de la vivienda por la que tanto comprador como vendedor se confirman uno su intención de comprar y otro su intención de vender. Desde el momento en que se ha firmado el contrato y entrega del dinero ambas partes quedan obligadas al cumplimiento del mismo, esto es, el vendedor a vender el bien al precio pactado y el comprador a comprar de acuerdo al precio acordado.
 
Penitenciales, son a las que nos referimos normalmente cuando hablamos de un contrato de arras sin especificar más. Consisten en la entrega de una cantidad de dinero (a descontar del precio final) por una opción de compra. Las partes (comprador y/o vendedor) pueden retractarse, en cuyo caso, el comprador perdería la cantidad entregada si es él quien renuncia y el vendedor se vería obligado a devolver el doble del importe percibido si la operación no se lleva a cabo por culpa suya.
 
En el supuesto que la vivienda que vayamos a comprar sea nueva la situación es distinta. Es frecuente la firma previa de un contrato privado de compra-venta por lo que es recomendable leer bien todo el contrato antes de estampar nuestra firma sobre todo aquellas partes en las que se especifican quién se hará cargo de los gastos o impuestos relacionados con la operación. La anticipación de cantidades de dinero para la compra de vivienda en proceso de construcción es una práctica habitual. Cuando se da esta situación la inmobiliaria está obligada a contratar un seguro con una entidad aseguradora oficialmente registrada o aval otorgado por la entidad de crédito. Esto garantizará la devolución del adelanto más un interés anual en el caso de que no se inicie la construcción o no llegue a término en el plazo convenido.
 

< Anterior

Siguiente >
 
Saber comprar
 Introducción
 ¿Que propiedad me puedo comprar?
 ¿En qué hay que fijarse?
 Comprobaciones previas
 Después de decidirse
 Préstamos hipotecarios
 
Saber vender
 Introducción
 Valor de la vivienda
 Costes de venta
 Reparaciones y obras
 Preparar su casa para mostrarla
 Psicología del comprador
 
 
 
Contactar | Publicidad | Política de Confidencialidad | Aviso Legal
Canaliza.com – Copyright 2007. Un producto de www.cuboinmobiliario.cl - Total Marketing SA.
Coronel Pereira 72 Piso 11, Las Condes, Santiago de Chile. (562) 208 87 57 info@canaliza.com
 
Compra Venta Arriendo Departamentos Casas Segunda Vivienda Locales Comerciales Viviendas Usadas Regiones
Las Condes Vitacura Santiago Centro Lo Barnechea Macul Ñuñoa